MEDIACIÓN

REGISTRADO EN EL CONSEJO NACIONAL DE LA JUDICATURA:
CENTRO DE ARBITRAJE, NO. 59

Art. 43 (Ley de Arbitraje y Mediación).- La mediación es un procedimiento de solución de conflictos por el cual las partes, asistidas por un tercero neutral llamado mediador, procuran un acuerdo voluntario, que verse sobre materia transigible, de carácter extrajudicial y definitivo, que ponga fin al conflicto.

LITIGIOS QUE PUEDEN RESOLVERSE A TRAVÉS DE LA MEDIACIÓN
MATERIA FAMILIAR
  • Pensiones alimenticias: fijación, aumento o rebaja
  • Alimentos congruos
  • Régimen de visitas
  • Alimentos para mujer embarazada
  • Tenencia (Solo por derivación judicial y con informes técnicos)
  • Fórmula de pago de liquidación de alimentos
MATERIA CIVIL
  • Cobro de deudas
  • Incumplimiento de contrato
  • Indemnización por daños y perjuicios
POR DERIVACIÓN JUDICIAL
  • Liquidación de sociedad conyugal.
MATERIA INQUILINATO
  • Pago de cánones de arrendamientos atrasados
  • Desocupación del inmueble
  • Devolución de garantía
  • Incumplimiento de contrato de arrendamiento
MATERIA LABORAL
  • Forma de pago de liquidación laboral
  • Forma de pago de jubilación patronal
  • Remuneraciones atrasadas
MATERIA CONVIVENCIA SOCIAL O VECINAL
  • Fórmula de pago de alícuotas atrasadas
  • Uso de áreas comunales
  • Respeto de normas de convivencia comunitaria (Estatutos y reglamentos)
  • Daños y perjuicios de ínfima cuantía
MATERIA CONSUMIDORES Y USUARIOS
  • Pago de servicios básicos
  • Reclamos sobre calidad de bienes
  • Reclamos por publicidad engañosa
  • Reclamos por mala calidad de servicios
MATERIA PENAL: TRÁNSITO Y ADOLESCENTES INFRACTORES
  • Remisiones de tránsito (Únicamente por remisión fiscal)
  • Procesos de adolescentes infractores (Únicamente por derivación judicial)
NO SE PUEDEN SOLUCIONAR EN MEDIACIÓN
  • Estado civil o capacidad de las personas (divorcio, patria potestad)
  • Derechos irrenunciables (Derechos Humanos)
  • Delitos penales
  • Contravenciones penales (violencia verbal o física, insultos, calumnias, etc)
  • Violencia intrafamiliar

REQUISITOS PARA UNA SOLICITUD DE MEDIACIÓN

Entregar una solicitud de mediación dirigida a la Directora del Centro de Arbitraje y Mediación, indicando un breve antecedente del acontecimiento y especificar el lugar de la citación de lo solicitado.

La petición la puede dirigir cualquier persona por si solo o con Abogado(a).

Documentos habilitantes que respalden lo que está solicitando.

$50
+ IVA

LISTA OFICIAL DE MEDIADORES

ABG. Gabriela Silvana Cedeño López

ABG. Andrea Isabel Chancay Bermello

ABG. María Paola Hidrovo Andrade

ABG. Miriam Jacqueline Ovando Castro

ABG. Blanca Flor Calderero Mendoza

ABG. Karina Elizabeth Morales Santana

ABG. Zoila Violeta Ponce Delgado

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